El CEO de la firma especializada en precios de transferencia TPC Group, Carlos Vargas Alencastre, ha concedido esta entrevista informando sobre los servicios que ofrece su empresa y las nuevas actualizaciones que se están llevando a cabo.
¿Cuál es a su juicio la noticia más importante que hubo en 2023 en materia de precios de transferencia en los países donde tienen presencia y particularmente en Chile?
Las noticias principales en el 2023 referente a actualizaciones de normativas de precios de transferencia fueron:
Respecto a Brasil, fue la adopción de las reglas de precios de transferencia bajo los lineamientos de la OCDE.
Respecto a Chile, fue la reestructuración de la Dirección de Grandes Contribuyentes como parte de su estrategia para fiscalizar el cumplimiento tributario de los Grandes Grupos Empresariales y la actualización de cómo se debe de presentar dichas declaraciones para el Año Tributario 2024.
¿Qué perspectivas tienen para el año 2024? ¿Regiones como Sudamérica o Europa se mueven hacia una integración de normas o hacia el reforzamiento de legislaciones locales?
Suceden ambas cosas tanto el reforzamiento como una integración de las normas.
Respecto a LATAM, algunos países han actualizado parte de su normativa de precios de transferencia, cambiando las condiciones que se deben de cumplir para estar sujeta a la obligación de declarar los precios de transferencia.
Por ejemplo, Ecuador redujo el límite de las cantidades de operaciones con partes relacionadas para estar sujeta a la obligación de declarar el Informe Local, pasando de un límite de USD 15 millones a un nuevo límite de USD 10 millones, lo que incrementaría la base de contribuyentes sujetos a dicha obligación para el ejercicio 2023 a declarar en el 2024.
Respecto a Europa, se planteó una nueva Directiva de precios de transferencia que unificará las normativas de los Estados de la Unión sobre operaciones vinculadas, cuyo objetivo es tener una definición común de parte vinculada, criterios a tomar en cuenta previo a la aplicación de los métodos el cual ya no seguirá un orden especifico y jerárquico de aplicación, sino que primara el más apropiado de acuerdo a las circunstancias de cada caso y un mayor énfasis, transparencia y documentación en los análisis de comparabilidad.
¿Cómo afectará una u otra tendencia al desenvolvimiento de las empresas que deseen abrirse a nuevos mercados?
La principal barrera para las empresas que quieren abrirse a nuevos mercados es el conocimiento de la normativa de otros países y conocimiento integral de los riesgos por precios de transferencia no solo de una jurisdicción sino también de otras jurisdicciones.
A su llegada a Chile, ¿qué tipo de alianzas han establecido? ¿Cuánto tiempo llevan en este país?
En Chile, tenemos determinadas Alianzas con Firmas de Contadores- Auditores y Estudios de Abogados, con los cuales trabajamos de forma conjunta para asesorar a los usuarios con las obligaciones de precios de transferencia con la que cuentan, pero principalmente trabajamos con una importante cartera de clientes propia que hemos logrado fidelizar a lo largo de 10 años en el mercado chileno.
¿Qué nuevos mercados buscarán en 2024?
Hemos ingresado al mercado de Brasil e impulsaremos para posicionarnos en el 2024 tanto en Brasil como en Estados Unidos y la India. También tenemos presencia en algunos países de Europa como España y Austria, pero para el 2024 estaremos trabajando intensamente para tener una mayor presencia en las demás jurisdicciones de la Unión Europea.
¿Qué tan rápido están ocurriendo los cambios en legislaciones y qué tan rápido deben adaptarse las empresas que como ustedes prestan servicios de consultoría y asistencia?
En los últimos años, se han observado un reforzamiento de las legislaciones de precios de transferencia de varias jurisdicciones, podemos poner como ejemplo en este caso a Brasil. Los contribuyentes brasileños tienen que adaptarse a estas regulaciones de precios de transferencia según la OCDE, el cual rompe con el esquema de precios de transferencia que han venido trabajando por años.
¿De qué elementos tecnológicos dispone TPC Group a diferencia de otras firmas parecidas que trabajan en el mercado chileno?
Muy aparte del uso que ahora hacemos de la IA para mejorar nuestra eficiencia, contamos con sistemas de bases de datos internaciones como el S&P Capital IQ, Royalty Range, Veritrade, entre otros, así como las certificaciones de nuestros procesos con el ISO 9001, que facilitan el trabajo eficiente y garantía de la calidad que ofrecemos a nuestros clientes.
Háblenos de su aplicación móvil global de precios de transferencia. ¿Lo puede utilizar cualquier empresa? ¿Qué tan amigable es su interfaz?
Lo pueden utilizar todos nuestros clientes y cualquier empresa que requiera saber sobre las normativas de precios de transferencia de otras jurisdicciones. Su interfaz en sencilla de manejar y muy amigable.
¿Qué ventajas aporta su modelo de servicio con respecto a la competencia, tanto en valuaciones como en precios de transferencia?
Nuestra experiencia y nuestra cercanía con el cliente para la atención de sus consultas. Tenemos muy claro que la calidad y atención oportuna de los requerimientos del cliente en nuestra prioridad y eso se refleja en los premios y nominaciones ganadas por TPC Group tanto en la International Tax Review, así como también en la muy prestigiosa y reconocida Revista Francesa Leaders League, medios en los cuales hemos salido nominados por varios años consecutivos.
¿Cómo incidirán recursos como la Inteligencia Artificial en el modelo de servicios de firmas como TPC Group?
La IA está teniendo un impacto a nivel global en todos los negocios. Respecto a los precios de transferencia, está permitiendo la automatización de tareas repetitivas, análisis avanzado de datos, modelos de predicción y a la gestión de todos los procesos involucrados en la cadena de valor de un negocio de consultoría.
¿Cómo han visto la evolución de temas como los precios de transferencia en las relaciones entre los distintos bloques económicos? Háblenos en particular sobre la Unión Europea y Sudamérica.
Tanto en LATAM como en la Unión Europea se están observando actualizaciones y reforzamientos de sus legislaciones de precios de transferencia, a fin de reducir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios hacia jurisdicciones con una menor o nula carga fiscal. Estos cambios no son solo de estos últimos periodos, sino que se van a seguir dando conforme pasen los años, a fin de mejorar y hacer cada vez más eficientes estas regulaciones. Tenemos también la vigencia del Pilar II de la BEPS que refiere a la aprobación de un impuesto mínimo global del 15% a grupos económicos que superen los 750 millones de euros (Modelo Globe). Esta implementación del Impuesto Mínimo Global ya está confirmada en la Unión Europea, Canadá, Japón y otros países que conforman el G7 y G20 a partir del 2024.